Mi "gacetilla" de ayer suscitó algunas dudas de como eran castigadas las mujeres adúlteras durante la dictadura de Franco.
Revisando un reportaje de Carmen Sarmiento para "Informe Semanal", cuando ese programa tenía prestigio a pesar de las limitaciones de la época, me encuentro que a dos mujeres, Inmaculada Benito y María Ángeles Muñoz, se les quiso aplicar, en 1976, el artículo 449 del Código Penal que preveía penas de seis meses a seis años de prisión y sanciones económicas por adulterio, pero el delito era distinto según el sexo del infractor:
"Cometen adulterio la mujer casada que yace con varón que no sea su marido y el que yace con ella, sabiendo que es casada".
"Cometen adulterio la mujer casada que yace con varón que no sea su marido y el que yace con ella, sabiendo que es casada".
Los hombres alegaban ignorancia y se libraban del castigo, en cambio había decenas de sentencias que condenaban a las mujeres. La ley de adulterio se derogó el 26 de mayo de 1978.
Feliz miércoles a todos, a pesar de que... el adulterio no solo ha sido tema de novelas como Lady Chatterley, Anna Karenina o Madame Bovary, sino que las españolas podían ir a la cárcel.
(Fotos RTVE y EFE)
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